Misión Nueva Pompeya, 25 de abril de 2017.
Ref. Nueva Prórroga de la Ley Nacional N° 26160 de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas.
Estimadas y estimados: La presente comunicación está dirigida a las comunidades y organizaciones indígenas de Argentina, así como también a quienes tienen vínculos directos con los pueblos indígenas para que, a través de su intermedio, les hagan llegar la siguiente propuesta.
Como es de público conocimiento, en noviembre del corriente año vencerá la prórroga de la Ley Nacional N° 26160 que prevé el relevamiento territorial de comunidades indígenas. Esta Ley, promulgada en el año 2006 y prorrogada a través de otras dos leyes (Ley N° 26554 del 2009 y Ley N° 26894 del 2013), destaca los siguientes puntos:
(1) Ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por comunidades indígenas (ocupación actual, tradicional y pública),
(2) Declara la emergencia en materia de posesión y propiedad y
(3) Ordena suspender la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos cuyo objeto sea el desalojo de las comunidades de sus territorios.
La reforma de la Constitución Nacional de 1994 plantea en su artículo 75 inciso 17 que es deber del Estado nacional no sólo reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas que habitan el país sino que, además, debe garantizar la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan tradicionalmente. La Ley de relevamiento territorial es un paso previo y necesario para que tal derecho se concrete, debido a que su implementación permite —entre otras cuestiones— determinar la ubicación geográfica de las comunidades indígenas, delimitar el territorio que ocupan y narrar la historia del uso y ocupación de ese territorio. Además de que el relevamiento aún no ha concluido, la finalización de esta ley dejaría a las comunidades sin resguardo ante la posibilidad de ser desalojadas. Si bien muchos referentes indígenas están al tanto de esta situación y han manifestado su preocupación, no todos los miembros de las comunidades indígenas están debidamente informados.
Quienes trabajamos con los pueblos indígenas y, en particular, quienes investigamos sobre el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas sabemos que los logros en esta materia son el resultado directo de la lucha y de las demandas concretas de los propios indígenas. Tomando en consideración experiencias previas, sabemos también que una manera de visibilizar estas demandas suele ser a través de notas presentadas ante los funcionarios responsables de las instituciones del Estado. Por esta razón, les hacemos llegar la siguiente propuesta.
Concretamente, los convocamos para lo siguiente:
a) Que consulten sobre la posibilidad de que las comunidades y organizaciones indígenas con las que trabajan y/o conocen redacten una nota en la que ellas mismas soliciten la prórroga de dicha ley.
b) Les sugerimos asimismo que arbitren los medios para que las notas sean presentadas ante el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) directamente por mesa de entradas. Estas acciones se sumarán, así, a la presión que vienen ejerciendo los pueblos indígenas ante los legisladores provinciales y nacionales. Estimamos que si se multiplican las solicitudes para prorrogar la Ley de relevamiento, también se multiplicarán las posibilidades de que tales demandas sean atendidas.
Invitamos a quienes reciban este comunicado a colaborar en su difusión entre miembros de los pueblos indígenas, investigadores, estudiantes y organizaciones de la sociedad civil. Solicitamos por último que nos comuniquen, si están de acuerdo con esta propuesta, y si las comunidades y organizaciones que hayan contactado pudieron enviar esta carta, para poder mapear las regiones a las que llegó efectivamente la presente información y evaluar la respuesta gubernamental.
Saludamos atentamente,
Miembros de la Sección Etnología
Instituto de Ciencias Antropológicas (ICA)
Universidad de Buenos Aires (UBA)
La nota debería estar dirigida a:
Sr. Raúl E. Ruidíaz
Presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas
Secretaría de Derechos Humanos
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Presidencia de la Nación
S_____________________/____________________D
Dirección: Av. Del Libertador 8151 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: 5300-4000 int. 79215
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