sábado, 20 de agosto de 2011

Consulta sobre personalidad jurídica para la titularización de la Reserva Grande del Impenetrable Chaqueño


Misión Nueva Pompeya, 20 de agosto de 2011.


En la localidad de Misión Nueva Pompeya, con la coordinación del reconocido abogado Dr. Julio García, se realizó el Encuentro de los tres Pueblos del Chaco, Wichí, QOM y MOCOVÍ en el marco de la consulta a los Pueblos Indígenas sobre la personalidad jurídica impulsada por el Gobierno Provincial como del Proyecto de Mensura de la Reserva Grande (Decretos 480/91, 1732/96 y 116/2007), y en cumplimiento de las reglas nacionales e internacionales que refieren a la necesaria participación y consulta de buena fe respecto de todas aquellas cuestiones que contenga a intereses de los Pueblos Indígenas.
En este sentido es que una de las cuestiones tratadas en estas jornadas refiere a la personalidad jurídica que debe tener la organización titular de la Reserva Grande del Impenetrable que se encuentra en pleno proceso de mensura.
Con la participación y los aportes de funcionarios del INAI, Natalia Vázquez, se encargó de hacer ver varias posibilidades y viabilidades, las características y tipos de organizaciones, como asimismo las posibilidades que existen en cuanto a la personalidad jurídica que deben tener en cuenta. Se trató lo normado por la Resolución nº 4811/96 y las nuevas resoluciones que crea el Registro de Organizaciones en el ámbito del INAI que entre otros.
Se hizo mención también de los procesos de organización de las comunidades en la zona, en particular la historia de las organizaciones y asociaciones comunitaria existentes en el lugar.
Durante estas jornadas se realizaron debates, deliberaciones y destacan las coincidencias y diferencias existentes entre los distintos Pueblos para la conformación de la Titularización de la Reserva Grande.
Como resultado se ponen en común las conclusiones y acuerdos que arribaron cada uno de los tres Pueblos Originarios del Chaco. Se acuerdan que la cantidad será de cuatro representantes titulares y cuatro representantes suplentes con la revocación de los mandatos en caso de no cumplir con las decisiones del Pueblo, cuya duración de mandatos serán de tres años y ninguna persona que no pertenezca a las comunidades organizadas podrá ser electa.
Durante el último día, en asamblea los Wichí, TOBA y MOCOVÍ, representados en esta instancia por sus comunidades indígenas, reunidos en Asamblea eligen a sus representantes ante la Organización de los tres Pueblos Originarios del Chaco con el objetivo de que constituyan formalmente la persona jurídica y redacten sus normas internas ó de organización, realicen todos los trámites necesarios.
El Consejo queda formado de la siguiente manera:
PUEBLO WICHÍ: Titulares: Miguel Angel Liscón, Rubén Lucas, Walter Misetich y Nemecio Coria. Suplentes: Francisco Matorras, Federico Pajar, Lorenzo Cuellar y Juan Manuel Polo.
Pueblo QOM: Región Pampa del Indio: Milciades Mansilla, Titular, y Sixto Coduti, Suplente. Región Colonia Chaco: Hugo Rolando Ramírez, Titular, y Crisologo Fernández, Suplente. Región Güemes: Nicanor Segundo, Titular, y Epifanio Leiva, Suplente. Región Bermejo: Juan Carlos Escubilla, Titular, y Juan Carlos Cabral, Suplente.
Pueblo MOQOIT: Titulares: Juan Carlos Martínez, Antonio Mocoví, Oscar Villalba y Anselmo Salteño. Suplentes: María Ferrer, Agustín Martínez, Marciano Zarate y Valerio Nicola.
En estas instancias se socializa propuesta de discusión sobre gestión y desarrollo sostenible para el territorio amplio de la Reserva Grande del Impenetrable, en el marco del Convenio Provincia del Chaco y la Administración de Parques Nacionales para el Proyecto “Corredores Chaqueños”.
Asimismo se presta formal conformidad a la participación de una serie de reuniones por Pueblo para presentar información y recoger inquietudes sobre la gestión de la Reserva Grande del Impenetrable. Por último se acuerda permisos para la realización de los trabajos afines de dicho proceso en el territorio de la reserva, permitir y facilitar el trabajo de los equipos de la mensura.
Con la firma del documento final, se emiten duplicados originales para los representantes de cada uno de los tres Pueblos.

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